domingo, 25 de octubre de 2026

EL FASCISMO SIEMPRE ES EL DE LOS OTROS.




Durante años, la izquierda nos ha repetido la misma consigna: votadnos, porque si gana la derecha perderéis las pensiones, la sanidad, la educación y hasta los derechos más elementales. El miedo como programa electoral y la amenaza como argumento político.

Pero ahora que la alternancia amenaza con llegar, estamos descubriendo la letra pequeña del contrato.

Algunos de los grandes defensores de la democracia parecen aceptarla con una condición: que el pueblo vote correctamente. Si vota a los suyos, es sabio y soberano. Si vota a otros, está manipulado y necesita que alguien le explique su error. Y si las urnas no les dan la razón, siempre queda la calle.

Ahí aparece la revolución de salón: se aplauden las barricadas ajenas, se justifican los destrozos y se bautiza la violencia como indignación social. Naturalmente, la persiana que baja es la del comerciante; el escaparate que se rompe es el suyo y la factura de la revolución también la paga él.

¡Qué generosidad la de quienes predican la transformación social con el negocio de otro!

Manifestarse es un derecho. Hacer huelga, también. Agredir, saquear e incendiar no son derechos, por mucho que se invoquen la justicia social y las causas más nobles. La violencia no se vuelve legítima porque la ejerzan quienes comparten nuestras ideas. Y mucho menos porque alguien encuentre después una explicación ideológica para justificarla.

La contradicción alcanza su apogeo cuando, después de años gobernando, quienes no han resuelto un problema convocan movilizaciones contra quienes todavía no gobiernan. La vivienda es un ejemplo evidente: se exige a la oposición que solucione lo que el Gobierno no ha conseguido resolver, como si la responsabilidad política fuera siempre propiedad del adversario.

Y todavía quedan los revolucionarios de sofá: los que celebran las barricadas mientras no ardan cerca de su casa, defienden la ocupación mientras no ocupen la suya y aplauden los destrozos siempre que el negocio afectado no sea el propio.

Nos prometieron protegernos de todos los males si votábamos a la izquierda. Olvidaron advertirnos de que algunos de sus predicadores acabarían justificando la intolerancia, la violencia y el desprecio a la voluntad popular cuando las urnas amenazaran sus privilegios.

Porque la democracia no consiste en que gobiernen siempre los nuestros. Consiste en aceptar que pueden gobernar los otros. Y quien pretende corregir por la fuerza la voluntad de los ciudadanos no está defendiendo la democracia: está cuestionando sus reglas.

El fascismo siempre es el de los otros. Ese es precisamente el truco: reservarse el monopolio de la virtud y atribuir al adversario todos los males, incluso aquellos que uno está dispuesto a tolerar cuando los cometen los suyos.

Como nos enseñó George Orwell con su crítica del totalitarismo, el poder también aspira a controlar las palabras con las que juzgamos la realidad. Por eso conviene no confundir las etiquetas con los hechos, ni la propaganda con los principios.

Porque el verdadero demócrata no es quien tolera que ganen los suyos, sino quien respeta que puedan ganar los demás.

Luis Faraco Roldán.


viernes, 23 de octubre de 2026

LEY DE NIETOS: EL GOBIERNO DEBE DAR EXPLICACIONES.






Hay preguntas que un Gobierno no puede despachar con una excusa administrativa. Y hay órdenes judiciales que no pueden quedar subordinadas a la conveniencia política del Ejecutivo. Lo que está ocurriendo con la llamada Ley de Nietos reúne ambas circunstancias.

El Tribunal Supremo ha exigido al Gobierno que identifique a los afectados por las medidas cautelares que ha dictado sobre el censo electoral exterior, con un requerimiento dirigido a los ministros Félix Bolaños y José Manuel Albares. El plazo concedido y las advertencias sobre las posibles consecuencias del incumplimiento han elevado el asunto a una dimensión institucional que ya no puede minimizarse.

No estamos ante una discrepancia política más. Estamos ante un tribunal que exige información a la Administración y reclama que sus resoluciones se cumplan.

Una cifra que exige explicaciones.

Desde el principio he considerado que las cifras ofrecidas por el Gobierno merecían un examen mucho más riguroso. No porque pueda afirmarse, sin pruebas, que sean falsas, sino porque el Ejecutivo debe explicar de dónde salen, qué universo de electores comprenden y cómo se ha llegado a determinar que son precisamente 163.020 las personas afectadas.

La transparencia no consiste en ofrecer una cifra exacta. Consiste en hacer posible que esa cifra sea comprobada.

Y aquí aparece una contradicción difícil de ignorar. El Gobierno ha cuantificado el colectivo afectado, pero el Supremo reclama la relación nominal de esas personas. El tribunal ha cuestionado que no se le haya facilitado esa información, recordando que ha sido la propia Administración la que ha tramitado los expedientes de nacionalidad.

La pregunta es elemental: si el Estado ha concedido esas nacionalidades, ha inscrito a sus titulares y puede cuantificar el colectivo afectado, ¿por qué no entrega al tribunal la información necesaria para identificarlo?

Si la cifra es correcta, debe poder justificarse documentalmente. Si no lo es, hay que explicar dónde está el error. Lo que no resulta aceptable es que una cuestión de esta trascendencia quede envuelta en cifras cuya composición y metodología no se aclaran suficientemente.

La excusa del tiempo.

El argumento gubernamental es que no hay tiempo material para revisar todos los expedientes antes de las elecciones.

Puede haber dificultades administrativas reales. Pero esa explicación no responde a todas las cuestiones planteadas por el Supremo.

Una cosa es comprobar individualmente si cada solicitante cumple los requisitos legales y otra, muy distinta, identificar a las personas cuyos expedientes ha tramitado la propia Administración.

Confundir ambas operaciones permite presentar cualquier exigencia judicial como una tarea imposible. Y no debería ser así.

La Administración puede solicitar aclaraciones, exponer dificultades y proponer soluciones. Lo que no puede hacer es convertir unilateralmente sus limitaciones organizativas en una dispensa para cumplir una resolución judicial vigente.

La falta de tiempo puede explicar una dificultad. No demuestra, por sí sola, que esa dificultad sea inevitable, que se haya actuado con toda la diligencia exigible ni que resulte imposible cumplir el requerimiento concreto del tribunal.

Treinta y un mil expedientes y solo 91 certificados.

Los datos difundidos sobre la revisión de los expedientes añaden otra incógnita. Según la información publicada, se habían revisado 31.390 expedientes y únicamente 91 habían acreditado el exilio exigido por las medidas cautelares.

Son 91 de 31.390: aproximadamente el 0,29 %.

La cifra llama la atención y exige explicaciones. Pero hay que interpretarla correctamente: no demuestra que los restantes solicitantes hayan obtenido fraudulentamente la nacionalidad ni que carezcan necesariamente de derecho al voto. Se refiere al cumplimiento de un requisito específico en el marco de las medidas cautelares.

Lo que sí obliga a preguntar es cómo se está realizando la revisión, qué documentación existe, qué criterios se aplican y por qué el número de certificados expedidos es tan reducido.

Tampoco puede darse por probado que el número real de afectados sea varias veces superior al comunicado por el Gobierno. Para sostenerlo hacen falta datos contrastables. Precisamente por eso resulta indispensable conocer la relación nominal, la metodología de cálculo y la correspondencia entre los registros administrativos y las cifras presentadas ante el tribunal.

La transparencia no puede ser selectiva: debe alcanzar tanto a los expedientes como a los criterios empleados para clasificarlos.

El Estado de derecho no admite excepciones por conveniencia.

La cuestión de fondo es más importante que cualquier disputa partidista.

El Supremo ha dictado unas medidas cautelares que el Gobierno no ha conseguido levantar. Mientras sigan vigentes, deben cumplirse en sus propios términos. Si el Ejecutivo considera que son desproporcionadas, perjudican derechos fundamentales o resultan materialmente imposibles de ejecutar, dispone de los cauces judiciales para defender su posición.

Pero la Administración no puede sustituir al tribunal en la interpretación de sus propias resoluciones.

Hay dos derechos que deben protegerse: el de los ciudadanos a votar conforme a la ley y el de todos los españoles a que el censo electoral se forme con transparencia, objetividad y garantías. Ninguno se defiende ocultando información ni eludiendo las comprobaciones necesarias.

Tampoco se trata de presumir culpabilidades ni de convertir una controversia jurídica en una condena anticipada. Se trata de exigir explicaciones y responsabilidades políticas por la gestión de un asunto que afecta a la credibilidad de las instituciones.

La nacionalidad española es un derecho cuando se obtiene conforme a la ley. El sufragio es un derecho fundamental. Y la legalidad del censo no puede convertirse en una cuestión secundaria frente a la proximidad de unas elecciones.

Las preguntas siguen en pie.

El Gobierno debe explicar cómo ha calculado la cifra de afectados, por qué no ha entregado la información reclamada por el Supremo y qué actuaciones concretas ha realizado para cumplir las medidas cautelares.

También debe aclarar qué parte del trabajo pendiente consiste en identificar a los electores y qué parte exige comprobar individualmente las circunstancias de cada expediente. Esa distinción es esencial para valorar si las dificultades invocadas son reales, inevitables y suficientes para justificar los retrasos.

El requerimiento judicial constituye una oportunidad para despejar las dudas con documentos, datos y explicaciones verificables. No basta con invocar la complejidad del procedimiento ni con repetir que el calendario electoral aprieta.

Un Gobierno puede discrepar de los tribunales. Puede recurrir sus decisiones. Puede defender su interpretación de la ley. Lo que no puede pretender es que la falta de tiempo cierre las preguntas que tiene la obligación de responder.

Cuando un tribunal pregunta quiénes son los afectados, la Administración debe identificarlos. Cuando exige datos, debe aportarlos. Y cuando dicta una orden, el Gobierno debe cumplirla mientras permanezca vigente.

Eso no es una cuestión de ideología. Es una exigencia elemental del Estado de derecho.


Luis Faraco Roldán.


jueves, 22 de octubre de 2026

LOS DUEÑOS DE LA CALLE.




Encapuchados, comunismo y violencia política contra la libertad democrática

Cuando al adversario se le intenta silenciar por la fuerza, la democracia empieza a perder terreno.

El derecho a hablar no se negocia.

Los incidentes registrados el 21 de octubre durante la visita de Santiago Abascal a A Coruña dejaron una imagen preocupante: enfrentamientos con la Policía, agentes heridos, detenciones y nuevos disturbios al término de las protestas. La movilización contra Vox terminó convirtiéndose, al menos en parte, en un escenario de violencia.

Manifestarse contra un partido es un derecho democrático. Impedir que ese partido se exprese mediante amenazas, agresiones o intimidación es otra cosa. La frontera es inequívoca: la protesta es legítima; la coacción, no.

Quienes se presentan como defensores de la democracia deberían ser los primeros en comprenderlo. Ninguna ideología concede el monopolio de la libertad ni el derecho a decidir qué opciones políticas pueden hablar en público.

La estética de la intimidación.

Rostros cubiertos, vestimenta uniformada, banderas rojas y consignas revolucionarias componen una escenografía que no puede despacharse como un simple detalle estético. Las tradiciones totalitarias, tanto fascistas como comunistas, recurrieron históricamente a símbolos, uniformes y acción colectiva para exhibir fuerza y amedrentar al adversario.

Eso no convierte automáticamente a cada manifestante en un totalitario. Pero tampoco obliga a ignorar el significado político de una movilización cuando una parte de sus participantes recurre a la violencia.

Entre las organizaciones presentes figuraban colectivos de la izquierda radical, como la Coordenadora da Mocidade Socialista. Su trayectoria y sus planteamientos merecen análisis riguroso, sin confundir afinidades ideológicas, genealogías políticas y vínculos orgánicos que deban probarse por separado.

Lo esencial no requiere etiquetas: ningún grupo tiene derecho a imponer por la fuerza quién puede hacer campaña y quién debe abandonar la calle.

«No habrá paz en las calles».

La frase pronunciada por Manuela Bergerot, de Más Madrid, el pasado 8 de octubre —«en las calles de Madrid no va a haber paz»— provocó una polémica. Bergerot negó que se tratara de una amenaza física y sostuvo que se refería a la ausencia de paz social mientras persistiera el problema de la vivienda.

Las palabras deben interpretarse en su contexto. Pero, en un clima de creciente confrontación, quienes tienen responsabilidades políticas deberían medir sus declaraciones. La movilización social es legítima; presentar la calle como un espacio de combate permanente contribuye a degradar la convivencia.

La responsabilidad no consiste en atribuir automáticamente a un dirigente cada acto cometido por sus simpatizantes. Consiste en condenar sin ambigüedades la violencia y evitar discursos que puedan alentar la escalada.

Una huelga en plena precampaña.

Los sindicatos han registrado una huelga general para el 11 de noviembre, dos días antes del comienzo de la campaña electoral prevista para las elecciones del 29 de noviembre. Sus promotores alegan reivindicaciones laborales y relacionadas con la vivienda.

La coincidencia temporal no demuestra por sí sola una operación partidista. Pero hace legítimo preguntar qué papel desempeñará la movilización sindical en un escenario de intensa confrontación política.

La huelga es un derecho. También lo es cuestionar sus objetivos, sus apoyos y sus consecuencias. Lo que no cabe es convertir la protesta social en una patente de corso para intimidar al adversario.

La calle es de todos.



La democracia no se mide por la capacidad de una multitud para llenar una plaza, sino por la libertad de quienes piensan distinto para ocuparla también.

Las autoridades deben garantizar la seguridad de los actos políticos, investigar las agresiones y exigir responsabilidades a quienes hayan cometido delitos. Los organizadores tienen la obligación de rechazar la violencia sin excusas. Y los representantes públicos deben dejar claro que ningún adversario político es un enemigo al que haya que expulsar de la vida pública.

Quienes pretenden presentarse como guardianes de la democracia no pueden reservarse el derecho a decidir quién habla y quién calla.

La calle es de todos. La libertad política también. Y ningún grupo tiene derecho a decidir, mediante la intimidación, quién puede ejercerla.

Luis Faraco Roldán.

miércoles, 21 de octubre de 2026

SÁNCHEZ: «SI NO ES DE UNA MANERA, SERÁ DE OTRA».

 





“Gabilondo, el Constitucional y la estrategia para sobrevivir a una derrota electoral.”


«Si no es de una manera, será de otra». Pedro Sánchez pronunció estas palabras al referirse a la continuidad de su proyecto político durante los próximos cuatro años. Una frase que resume una concepción del poder que merece algo más que una lectura complaciente: la determinación de seguir gobernando incluso cuando las urnas pueden imponer un cambio.


La actuación de Ángel Gabilondo, antiguo ministro socialista y actual Defensor del Pueblo, encaja en este clima de confrontación. Su recurso ante el Tribunal Constitucional contra las medidas cautelares del Supremo relacionadas con el censo de la ley de nietos ha sido inadmitido por prematuro, por diez votos frente a dos. El procedimiento judicial sigue abierto, pero la iniciativa de Gabilondo ha sufrido un revés claro.


¿Qué pretendía? ¿Defender los derechos de los ciudadanos o conseguir que el Constitucional frenara una actuación judicial incómoda para el Gobierno? Su trayectoria socialista y el respaldo parlamentario con el que llegó al cargo hacen legítimo cuestionar políticamente su intervención. La independencia institucional no puede ser una etiqueta que exima a nadie del escrutinio público.


PRIMERA FASE: LA BATALLA POR LAS INSTITUCIONES


La controversia sobre la ley de nietos afecta a la nacionalidad, al censo electoral y a las garantías del derecho de voto. Las dudas sobre su aplicación deben resolverse con documentación y criterios transparentes, no mediante maniobras que conviertan a las instituciones en piezas de una batalla partidista.


El Supremo ha intervenido y el Constitucional ha rechazado, por prematuro, el intento de obtener una respuesta urgente. El episodio demuestra que la disputa sobre la aplicación de una ley puede convertirse en un pulso institucional con consecuencias políticas directas, especialmente cuando está en juego un censo electoral.


SEGUNDA FASE: INCENDIAR LA CALLE


Si el PSOE pierde las elecciones, ¿aceptará el resultado con normalidad o intentará convertir la derrota en una supuesta emergencia democrática?


Mi impresión es que Sánchez no se prepara para abandonar el poder sin combatir. La polarización y la deslegitimación de sus adversarios pueden trasladarse a la calle cuando las instituciones dejan de ofrecer los resultados esperados.


No se trata de cuestionar el derecho a manifestarse, sino de advertir del riesgo de utilizar la movilización como instrumento de presión contra una mayoría salida de las urnas. Una victoria del centro-derecha podría presentarse como una catástrofe política que justificara una resistencia extraordinaria, en lugar de aceptarse como una alternancia democrática.


En ese contexto, las palabras de Sánchez adquieren otro significado: «Si no es de una manera, será de otra». ¿Qué significa ese «de otra» cuando la continuidad de un proyecto político depende de la voluntad de los ciudadanos?


TERCERA FASE: GANAR LAS ELECCIONES Y NO PODER GOBERNAR


La hipótesis más preocupante es que la batalla no termine la noche electoral. Si el centro-derecha obtiene una mayoría legítima, podría comenzar una campaña de deslegitimación, presión callejera y cuestionamiento político destinada a dificultar la acción del nuevo Gobierno.


Recurrir unos resultados cuando existen irregularidades es legítimo. Utilizar los recursos sin fundamento para prolongar el conflicto o negar legitimidad al vencedor sería otra cosa.


No haría falta impedir una investidura. Bastaría con convertir cada decisión del Ejecutivo en una crisis nacional y mantener una presión constante para que la victoria electoral no se tradujera en capacidad efectiva de gobernar.


Esa es la estrategia que temo que Sánchez intente desplegar: conservar su influencia mediante la confrontación institucional y social, aun después de perder el Gobierno.


EL PODER NO ES PROPIEDAD DE NADIE


Sánchez tiene derecho a aspirar a otros cuatro años en la Moncloa. Lo que no puede hacer es dar por descontada su continuidad ni tratar una victoria de sus adversarios como una anomalía que deba combatirse por todos los medios políticos.


Si pierde, tendrá que aceptar la derrota. Si el centro-derecha gana, tendrá derecho a gobernar. El PSOE podrá ejercer una oposición dura, pero dentro de las reglas que obligan a todos.


La verdadera prueba de un dirigente no es cómo ejerce el poder cuando gana, sino cómo acepta perderlo. Porque hay una diferencia esencial entre luchar para ganar unas elecciones y pretender que, si se pierden, el adversario no pueda gobernar con tranquilidad.


Quien no acepta que puede perder el poder acaba intentando perpetuar su influencia allí donde nadie le ha elegido para gobernar.


Luis Faraco Roldán.

domingo, 18 de octubre de 2026

LA TRAMPA DE LA LEY DE NIETOS Y LA OPERACIÓN GABILONDO.





El Gobierno de Pedro Sánchez no puede modificar por la puerta de atrás lo que las Cortes aprobaron por la puerta principal. Sin embargo, eso es lo que está en el centro de la controversia de la ley de nietos: una instrucción administrativa que amplió la interpretación de sus requisitos, un censo exterior cuyo crecimiento exige explicaciones y una Administración que llega a las puertas de las elecciones sin haber resuelto el problema que ahora pretende convertir en una urgencia constitucional.

La protagonista administrativa de aquella decisión tiene nombre y apellidos: Sofía Puente Santiago, hermana del ministro Óscar Puente, entonces directora general de Seguridad Jurídica y Fe Pública. Fue ella quien firmó el 25 de octubre de 2022 la instrucción que estableció una presunción de exilio para determinados españoles que abandonaron el país entre 1936 y 1955. Esa instrucción, publicada en el BOE al día siguiente, está en el origen de una controversia que ha terminado ante el Tribunal Supremo.

El fondo político es grave: una instrucción administrativa no debería ampliar los efectos de una ley más allá de lo aprobado por las Cortes. La interpretación de los requisitos legales corresponde a las instituciones competentes, pero no puede convertirse en una vía para eludir los límites fijados por el legislador. Cuando los tribunales cuestionan sus consecuencias, quienes tomaron las decisiones deben asumir la responsabilidad correspondiente.

Lo que vino después resulta todavía más preocupante. La Administración alegó que no podía revisar los expedientes a tiempo. El Supremo reprochó a la Abogacía del Estado que no hubiera acreditado suficientemente el cumplimiento de sus órdenes y advirtió de que no cabe invocar una imposibilidad material cuando esta depende de la propia Administración.

La gestión de la revisión, la disponibilidad de medios administrativos y consulares y el cumplimiento de los plazos electorales eran responsabilidades públicas previsibles. El Gobierno no puede presentarse ahora como un espectador de una emergencia a cuya formación ha contribuido su propia gestión. Si hubo falta de previsión, debe explicarla; si la interpretación de la ley excedió sus límites, debe justificarla; y si no se atendieron a tiempo las exigencias judiciales, debe asumir las consecuencias.

Y entonces aparece el Defensor del Pueblo. Ángel Gabilondo presenta un recurso de amparo y solicita medidas urgentes para revertir la decisión del Supremo antes de las elecciones del 29 de noviembre. Su legitimación legal no se cuestiona por el mero hecho de que los afectados residan en el extranjero. Lo que merece una explicación política es el momento de su intervención y el efecto que se pretende obtener.

La secuencia es elocuente: una interpretación administrativa controvertida, un incremento extraordinario del censo exterior, una resolución judicial que exige comprobar los requisitos, una Administración que no acredita suficientemente el cumplimiento de las órdenes y, finalmente, una intervención urgente que busca alterar los efectos prácticos de esa decisión antes de las elecciones.

Esta coincidencia no demuestra por sí sola que el Gobierno y el Defensor hayan coordinado sus actuaciones. Pero tampoco impide examinar los intereses políticos que convergen en esta operación. El Ejecutivo debe dar cuenta de sus decisiones, de sus omisiones y de las razones por las que se pretende resolver ahora, a contrarreloj, un conflicto que exigía previsión y diligencia.

El problema no es que los descendientes de españoles tengan derechos. Los tienen, y deben ser respetados. El problema es utilizar esos derechos para eludir una cuestión previa: si se han cumplido los requisitos legales y si la Administración ha actuado con el rigor que exige la organización de unas elecciones.

Tampoco es aceptable que la urgencia se convierta en una coartada. La falta de previsión administrativa no concede un derecho a exigir que los tribunales resuelvan de cualquier manera. Quien discrepa de una resolución judicial puede recurrirla, pero no puede convertir la demora administrativa en un argumento automático para desactivar sus efectos.

Si el Gobierno considera que la ley debe tener otro alcance, debe acudir a las Cortes y defender allí su propuesta. Si considera equivocada la interpretación del Supremo, puede utilizar los recursos previstos y argumentar jurídicamente su posición. Lo que no debería hacer es ampliar por vía administrativa lo que corresponde decidir al legislador y pretender después que las consecuencias de esa decisión se resuelvan mediante una intervención extraordinaria de última hora.

La democracia no consiste únicamente en contar votos. Consiste también en respetar las reglas, cumplir las resoluciones judiciales y asumir las consecuencias de las decisiones adoptadas. El Ejecutivo no está por encima de la ley ni puede confundir su conveniencia política con el interés general.

La cuestión de fondo es sencilla: si una interpretación administrativa excede lo aprobado por las Cortes, debe corregirse; si hubo falta de diligencia en la gestión del censo, deben exigirse responsabilidades; y si se pretende modificar el escenario electoral mediante una solución de urgencia, el Constitucional debe resolver conforme a Derecho, no bajo la presión del calendario.

Dura lex, sed lex: la ley es dura, pero es la ley. Y obliga, ante todo, a quienes gobiernan.

Luis Faraco Roldán.


sábado, 17 de octubre de 2026

LA BATALLA POR EL SENADO: LAS MATEMÁTICAS DEL PODER.




El pacto de la izquierda y la renovación del Constitucional convierten el 29-N en algo más que una batalla electoral.

Hay elecciones que se ganan con un programa convincente, un discurso capaz de movilizar a los ciudadanos y un candidato que transmita confianza. Pero también hay batallas que se deciden con una calculadora. Las elecciones del próximo 29 de noviembre pueden ser un ejemplo paradigmático.

El PSOE y las formaciones del Frente Amplio han acordado presentar candidaturas conjuntas al Senado en buena parte de España. El objetivo es concentrar el voto de la izquierda, aumentar su representación y disputar al Partido Popular la mayoría de la Cámara Alta.

En las circunscripciones provinciales se eligen cuatro senadores y cada elector puede votar hasta tres candidatos. Esta particularidad hace que la distribución territorial del voto resulte decisiva: unos pocos miles de papeletas pueden cambiar el reparto de escaños.

Por eso, las encuestas nacionales del Congreso no bastan para anticipar el resultado del Senado. Hay que estudiar cada provincia, los votos obtenidos por los candidatos en las elecciones anteriores y los posibles cambios en la participación.

La pregunta es inevitable: ¿están PP y Vox analizando esta situación con la profundidad que exige?

Cabe suponer que sus equipos electorales estarán examinando los resultados de 2023 y las consecuencias del pacto de la izquierda. Pero no basta con confiar en que un buen porcentaje nacional se traduzca automáticamente en más senadores. La geografía del voto importa tanto como su volumen.

También merece estudiarse qué ocurriría si parte de los votantes de Vox optara por candidatos del PP en determinadas provincias. No cabe dar por supuesto que todos cambiarían su voto, pero sí calcular distintos escenarios y comprobar cómo afectarían a la representación.

Las elecciones son programas, discurso y matemáticas. Quien no comprende las reglas del sistema puede desperdiciar una parte de sus propios votos.

El verdadero alcance de la batalla.

La importancia de estas elecciones va mucho más allá del reparto de escaños.

El Senado tiene pendiente la renovación de cuatro magistrados del Tribunal Constitucional, entre ellos su presidente, Cándido Conde-Pumpido. Sus mandatos expiraron en diciembre de 2025 y la renovación correspondiente a la Cámara Alta continúa pendiente.

La Constitución atribuye al Senado la propuesta de cuatro de los doce magistrados del Constitucional y exige una mayoría de tres quintos para su elección. La composición de la Cámara condicionará, por tanto, las negociaciones necesarias para desbloquear la renovación.

Y aquí aparece la cuestión política más delicada. Si Pedro Sánchez contempla la posibilidad de perder el Gobierno, resulta legítimo preguntarse qué importancia concede a la futura composición del tribunal y qué papel desempeñan estos nombramientos en su estrategia política. Afirmar que pretende controlarlo exigiría pruebas, pero hay una exigencia democrática que no admite matices: el Tribunal Constitucional no puede convertirse en un refugio político para quien abandona el poder ni en una prolongación de la lucha partidista por otros medios.

Los ciudadanos tienen derecho a exigir que las instituciones estén al servicio de la Constitución, no de los intereses de quienes gobiernan o aspiran a gobernar. Cuando los nombramientos judiciales se convierten en otra pieza de la confrontación entre partidos, la responsabilidad de los dirigentes es garantizar la independencia institucional, no alimentar las sospechas sobre ella.

Y los magistrados tampoco están exentos de responsabilidad pública. Sus resoluciones pueden ser discutidas y criticadas con dureza, pero deben sostenerse en argumentos jurídicos sólidos y transparentes. La autoridad de un tribunal no se impone por decreto: se construye con la credibilidad de sus decisiones.

Una lección que no conviene ignorar

El pacto de la izquierda demuestra que sus partidos han identificado una oportunidad en el sistema electoral. La respuesta exige algo más que declaraciones de campaña y expectativas basadas en las encuestas: requiere estudiar provincia por provincia los márgenes entre candidatos y comparar escenarios realistas.

PP y Vox deben tener presente que el Congreso y el Senado funcionan con reglas diferentes. Una misma distribución del voto puede producir resultados muy distintos en cada Cámara. No hay garantías de éxito, pero renunciar a estudiar esas posibilidades sería ignorar una dimensión esencial de cualquier elección.

La democracia necesita programas, debate público y participación ciudadana. También necesita dirigentes capaces de comprender las reglas electorales y de respetar los límites que la Constitución impone al ejercicio del poder.

Porque una cosa es perder unas elecciones y entregar el Gobierno; otra muy distinta es pretender que la influencia política sobreviva a la derrota mediante el control de las instituciones. Esa es precisamente la sospecha que los hechos, los procedimientos y la transparencia deben despejar.

«Quien no acepta que puede perder el poder acaba intentando perpetuar su influencia allí donde nadie le ha elegido para gobernar».

Luis Faraco Roldán.